Control Integrado de Plagas y Enfermedades

 

El Control Integrado de Plagas y Enfermedades en Agricultura de Producción Integrada se debe ajustar a las normas específicas de cada cultivo y zona. A continuación se dan unas normas Generales de Obligatorio cumplimiento y otras Prohibidas, de zonas ejemplares en control de la Agricultura de Producción Integrada:


Normas Obligatorias Control Integrado de Plagas y Enfermedades en Agricultura de Producción Integrada:


En el control de plagas y enfermedades, se antepondrán los métodos biológicos, culturales y físicos a los métodos químicos.


La estimación del riesgo en cada parcela se hará mediante evaluaciones de los niveles poblacionales, estado de desarrollo de las plagas y fauna útil, fenología del cultivo y condiciones climáticas.


La aplicación de medidas directas de control de plagas sólo se efectuarán cuando los niveles de poblaciones superen los umbrales de intervención y cuando la estimación del riesgo lo indique, en el caso de enfermedades.


En el caso de resultar necesaria una intervención  química, las materias activas a utilizar serán  seleccionadas, entre las autorizadas, de acuerdo con los  criterios de menor impacto ambiental, mayor eficacia,  menor clasificación toxicológica, menor problemas de  residuos, menor efecto sobre la fauna auxiliar y menor problema de resistencias.  


Deberá protegerse la fauna auxiliar en general y las auxiliares principales cuya protección y aumento de sus poblaciones se considere prioritario.


Las malas hierbas se controlarán, siempre que sea  posible, con medios mecánicos. En caso de que sea  necesaria la aplicación de herbicidas, se emplearán  materias activas autorizadas, teniendo en cuenta su  selectividad, eficacia, ecotoxicología y parámetros físicos-químicos. Las Normas Técnicas Específicas detallarán  las citadas materias activas autorizadas.


Normas Prohibidas de Control Integrado de Plagas y Enfermedades en Agricultura de Producción Integrada:


Prohibido la Utilización de calendarios de tratamientos.


Prohibido abandonar el control fitosanitario antes de la finalización del ciclo vegetativo del cultivo.


Prohibido en hortícolas, utilización de herbicidas dentro del invernadero.


Prohibido la utilización de herbicidas remanentes en suelos arenosos.


Prohibido el abandono de envases de productos fitosanitarios en el medio ambiente.


El Control Integrado de Plagas y Enfermedades en Agricultura de Producción Integrada